Ángel y Claudia llevaban más de un año intentando comprar una casa, pero los altos precios de la vivienda, la falta de ahorro y la precariedad (salarios y estabilidad) laboral les empujaron hacia la periferia, en busca de un inmueble adaptado a su capacidad económica. Finalmente se tuvieron que conformar con un alquiler en un piso compartido, una alternativa que también se está poniendo difícil y que obliga a muchos menores de 34 años a retrasar su emancipación.
Es un caso ficticio, pero una realidad con la que se topan muchos jóvenes incapaces de salvar estas barreras. Un estudio de la Fundación de las Cajas de Ahorros (Funcas) pone de manifiesto que la edad de los jóvenes españoles en independizarse se retrasa una y otra vez y ya supera los 30 años, distanciándose de la media europea situada en 26,4 años por las dificultades de acceso a vivienda asequible.
Otro documento pone de relieve que sólo el 16,3% de los jóvenes vive fuera del hogar familiar, según la última edición del Observatorio de Emancipación del Consejo de la Juventud de España correspondiente al primer semestre de 2023.
Crédito ICO para vivienda: datos clave
Es la nueva línea de ayuda a la compra de vivienda dirigida a jóvenes menores de 35 años y a familias con menores a cargo que accedan a la adquisición de la primera casa. La línea se eleva hasta los 2.500 millones de euros, con el objetivo de cubrir el 20% de la hipoteca, porcentaje que, de media, no suelen conceder los bancos. De este modo, se llegaría al 100% del préstamo.
Si el inmueble dispone de una calificación energética D o superior, el aval puede alcanzar hasta el 25%, para ello sería necesario disponer de un certificado energético que acredite su grado de eficiencia.
El objetivo del aval ICO para la compra de vivienda es dar una solución a las dificultades de acceso a la misma de los jóvenes. Asimismo, busca que los beneficiarios no tengan que destinar más del 30% de su sueldo para pagar la hipoteca.
En la actualidad, el esfuerzo teórico anual de compra de los españoles se ha incrementado hasta el 34,2%, acercándose a la barrera psicológica considerada como el nivel de accesibilidad razonable del 35%, según la estadística Tinsa IMIE Mercados Locales del cuarto trimestre de 2023.
Dónde y cómo solicitar ayuda para la compra de primera vivienda
No hay que acudir a las oficinas del Instituto de Crédito Oficial para solicitar el aval para la compra de la primera vivienda, sino que la solicitud se realiza directamente en el banco en el que se negocie la concesión de la hipoteca, siempre y cuando la entidad financiera ofrezca el aval ICO.
Cuándo se puede solicitar el aval ICO para hipoteca
Desde ya se puede solicitar la ayuda hipotecaria para jóvenes, que finalizará el año que viene, el 31 de diciembre de 2025, aunque el Instituto de Crédito Oficial señala que el plazo podrá ampliarse en dos años más.
Cómo funciona el aval ICO hipoteca
El aval será por un máximo de 10 años desde formalizar el contrato hipotecario, con independencia de la amortización del préstamo.
Durante esa década, los beneficiarios deberán mantener su residencia habitual en la vivienda avalada y sólo podrá ser alquilada en caso de justificar traslado de hogar, como podría suceder en circunstancias personales (matrimonio o separación) o movilidad laboral.
5 Requisitos para solicitar la ayuda hipotecaria para jóvenes del ICO
- Los prestatarios deben ser mayores de edad, con residencia legal en España, acreditada de forma “continua e ininterrumpida” en los dos años previos a la solicitud de la hipoteca.
- Los ingresos individuales no pueden ser superiores a los 37.800 euros brutos anuales. En caso de una pareja, el límite es el doble.
- Este tope puede aumentarse en 0,3 veces el IPREM (indicador de referencia para la concesión de ayudas), esto es: 2.520 euros brutos al año por cada menor a cargo. En caso de familia monoparental, el límite se amplía en un 70% adicional.
- El máximo avalado será de 100.000 euros.
- Los propietarios de otra vivienda no pueden acogerse al aval ICO hipotecario. Si bien, hay dos excepciones:
– Cuando el derecho de propiedad recaiga sobre una parte alícuota de la vivienda y esta se haya obtenido por herencia o transmisión mortis causa sin testamento.
– Para separados o divorciados que acrediten la no disponibilidad de vivienda, por cualquier otra causa ajena a su voluntad o cuando el inmueble sea inaccesible por discapacidad del propietario o de las personas que formen parte de su unidad familiar.