Quién paga el certificado energético, ¿el comprador o el vendedor?, ¿el inquilino o el arrendador?
La normativa indica que es el propietario del inmueble quien paga el certificado energético, ya sea para compraventa o para alquiler, y no el comprador o el inquilino. Es él también el responsable de firmar la autorización de su registro, tras lo cual se obtiene el documento en sí mismo, cuya copia se debe entregar al comprador o inquilino antes de la venta o arrendamiento.
¿Quién está obligado a hacer el certificado de eficiencia energética?
Si el propietario es quien paga el certificado energético, también es quien está obligado a solicitarlo. Además de viviendas, locales comerciales y oficinas, hay otros casos como:
Edificios o viviendas de nueva construcción
Todos los edificios de nueva construcción deben contar con un certificado de eficiencia energética. La promotora es la responsable de obtener el certificado antes de la entrega del inmueble.
Grandes reformas o rehabilitaciones
Si un edificio ha sido objeto de una reforma importante, eso es que afecte a más del 25% de su superficie total o modifique su envolvente térmica (fachadas, techos, ventanas), se debe obtener un nuevo certificado energético.
Edificios o locales frecuentados por el público
Ciertos edificios públicos o comerciales de más de 250 m² que sean frecuentados por el público también deben tener visible su certificado energético.
Hay excepciones y los inmuebles que no están obligados a obtener el certificado son:
- Inmuebles con una superficie útil inferior a 50 m².
- Edificios históricos o protegidos en los que la realización de cambios para mejorar la eficiencia energética pueda alterar su carácter o apariencia.
- Edificios industriales, agrícolas o talleres donde el uso no implique una demanda significativa de energía.
- Alquileres vacaciones por menos de cuatro meses al año o que tengan un consumo energético limitado.
¿Qué ocurre si no se tiene el certificado energético?
Si el propietario del inmueble no tiene el certificado de eficiencia energética en el momento de vender o alquilar puede enfrentarse a varias consecuencias:
Sanciones económicas
Las autoridades pueden imponer multas por no disponer del certificado energético o por no incluir la etiqueta energética en la publicidad del inmueble. Las sanciones pueden oscilar entre 300 y 6.000 euros, dependiendo de la gravedad de la infracción:
Infracción leve: de 300 a 600 euros, por no tener el certificado al publicitar el inmueble o no registrarlo.
Infracción grave: de 601 a 1.000 euros, si se falsifica el certificado o no se entrega una copia al comprador o arrendatario.
Infracción muy grave: de 1.001 a 6.000 euros, en casos de reincidencia o engaño intencionado sobre la calificación energética.
Impedimento para formalizar la venta o alquiler
En una compraventa, la notaría exige que el vendedor presente el certificado energético, ante su ausencia, la transacción queda paralizada.
Problemas legales
Si el comprador o arrendatario no recibe el certificado energético, podría tomar acciones legales por la falta de información. Esto podría derivar en demandas por incumplimiento de la normativa.
¿Cómo obtener el certificado energético?
Para conseguir el certificado energético hay que seguir estos pasos:
1. Contratar a un técnico certificador autorizado
El certificado debe ser emitido por un profesional autorizado, como un arquitecto, ingeniero o técnico especializado en certificación energética. Estos profesionales evaluarán el inmueble y calcularán su eficiencia energética. Puedes encontrar certificadores a través de Tinsa, también obtenerlo online a través de certificado energético online.
2. Inspección del inmueble
El técnico realiza una visita al inmueble para analizar aspectos como el aislamiento, las ventanas, los sistemas de calefacción y refrigeración y otros elementos que afecten al consumo energético. A partir de esta información, calcula el consumo de energía del inmueble y las emisiones de CO₂.
3. Emisión del certificado
Tras la inspección, el técnico emite el certificado energético en el que se detalla la calificación energética del inmueble. El certificado también puede incluir recomendaciones para mejorar la eficiencia energética del inmueble.
4. Registro del certificado en la comunidad autónoma:
Una vez obtenido el certificado, ese se debe registrar en el organismo correspondiente de la comunidad autónoma donde se ubique el inmueble. Cada región tiene un procedimiento específico y, en la mayoría de los casos, este registro puede realizarse de manera online. Durante este proceso, se pagan las tasas administrativas, que varían según la comunidad.
5. Entrega del certificado
Finalmente, debes entregar una copia del certificado energético al comprador o inquilino del inmueble.
¿Cuánto cuesta el certificado energético?
En Tinsa, estos son las tarifas orientativas en vivienda y resto de inmuebles.
Superficie | Residencial | Resto |
---|---|---|
Menor de 150 m2 | 90 € | 105 € |
De 150,01 a 250 m2 | 105 € | 125€ |
De 250,01 a 500 m2 | 150 € | 175 € |
De 500,01 a 1.000 m2 | 350 € | 400 € |
De 1.000,01 a 2.000 m2 | 550 € | 550 € |
De 2.000,01 a 3.000 m2 | 750 € | 750 € |
De 3.000,01 a 5.000 m2 | 950 € | 950 € |
Más de 5.000 m2 | A presupuestar | A presupuestar |
Conoce más informacíon en este artículo sobre el precio del certificado energético.
¿Cómo pagar las tasas del certificado energético?
En cuanto a las tasas, cada comunidad autónoma tiene sus procesos a la hora de pagar las tasas del certificado energético, pero por norma general, cuando se va a proceder a registrar el documento en el órgano competente, se han de abonar las tasas que varían no solo según la región, sino también de los metros cuadrados del inmueble y pueden partir de unos 10 euros en adelante.
De este modo, para pagar las tasas del certificado energético se puede hacer de forma presencial u online, a través de pasarelas de pago digitales.
Ahora que ya sabes quién paga el certificado energético, ¿necesitas solicitarlo? Pincha aquí.